jueves, 19 de enero de 2012

Un inédito intento de aclaración de la cláusula(Mercosur)

Un inédito intento de aclaración de la cláusula(Mercosur):

http://www.abc.com.py/nota/un-inedito-intento-de-aclaracion-de-la-clausula/
Jorge Lara Castro
Tomado de:

Jorge Lara Castro

Los Estados Partes y Estados Asociados del Mercosur en uncomunicado sobre el Protocolo Ushuaia II ratifican el contenido y el propósitodel instrumento aprobado. Es la primera vez que el Mercosur se ve obligado ahacer una aclaración sobre un documento aprobado, pero se cuida bien dereferirse a la aplicación del documento regional.

La Coordinación Argentina del Foro de Consulta y ConcertaciónPolítica del Mercosur, en ejercicio de la presidencia pro témpore, difundió uncomunicado de los Estados Partes y Estados Asociados respecto al Protocolo deMontevideo sobre Compromiso con la Democracia Ushuaia II, que fue consensuadopor cancillerías de Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay, Chile, Bolivia, Perú,Colombia, Ecuador y Venezuela. Con el fin de precisar el alcance y contenidodel Protocolo de Montevideo, reiteran que mediante este instrumento se ratificael firme compromiso regional con la promoción, defensa y protección del ordendemocrático, del Estado de derecho y sus instituciones.

Recuerdan que frente a recientes amenazas al ordendemocrático y al Estado de derecho acaecidos en la región, suscribieron el“Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo de Unasur sobre compromiso con lademocracia” (Protocolo de Guyana), e impulsado la adopción de sendas “cláusulasdemocráticas” en el marco de la Cumbre Iberoamericana y de la Comunidad deEstados Latinoamericanos y Caribeños (Celac).

Es la primera vez que el Mercosur divulga un comunicado paraaclarar el alcance del documento aprobado, pero se cuida muy bien de referirsea la aplicación del instrumento.

El objetivo de Ushuaia II es reafirmar el sistema depromoción, defensa y protección de la democracia en la región, recogiendoinnovadoras disposiciones establecidas en el Protocolo de Guyana. Al mismotiempo, se pide el ingreso de Venezuela al Mercosur cuando que existen fuertescuestionamientos a la situación política de ese país caribeño.

El nuevo instrumento incluye previsiones sobre requerimientosdel gobierno constitucional de la Parte afectada y dispone las medidas quepudiesen ser adoptadas, de forma consensuada; guardarán la debidaproporcionalidad con la gravedad de la situación existente; no deberán poner enriesgo el bienestar de la población y el goce efectivo de los derechos humanosy libertades fundamentales en la Parte afectada; respetarán la soberanía eintegridad territorial de la Parte afectada, la situación de países sin litoralmarítimo y los tratados vigentes.
19 de Enero de 2012 00:00

La Guayana Esequiba Zona en Reclamación
Nota del editor del blog: Alreferenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuentalos 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos conel nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo deGinebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre loscuales el gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana sereservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su notadel 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana .
“...por lo tanto, Venezuelareconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margenderecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que sereserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que seencuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, elterritorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reservaexpresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana,a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hastasu desembocadura en el Océano Atlántico...”


Mapa que señala el Espaciode Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el DecretoPresidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968.


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